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Subvención destinada a familias con personas celíacas o intolerantes al gluten

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CódigoSUBVEN_CELIAQ
DescripciónTrámite que tiene por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas destinadas a unidades familiares en cuyo ámbito existan uno o más enfermos/as celiacos/as o con intolerancia al gluten, subordinando exclusivamente la concesión de estas ayudas a la concurrencia de la situación de celiaquía y/o intolerancia al gluten así como al nivel de ingresos según se dispone en la base séptima.
Órgano resolutorioAyuntamiento de Teruel
¿Quién tramita la solicitud?Centro municipal de servicios sociales
DestinatarioPersonas físicas
Sujeto a tasa o precio públicoNo
DisponibilidadContinua
¿Quién lo puede solicitar?Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las personas físicas para sí o para su unidad familiar.

A los efectos de estas ayudas se entiende por unidad familiar:

  1. Personas que viven solas en una vivienda.
  2. Dos o mas personas que viven solas en una vivienda, cuando estén unidas entre sí por matrimonio u otra forma de relación análoga a la conyugal, por adopción o consanguinidad o afinidad hasta el cuarto y segundo grado respectivamente.
Forma de iniciaciónDe oficio
Efecto del silencioDesestimatorio.
Plazo de presentaciónLas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (sección oficial del Boletín Oficial de Aragón). Si el último día del referido plazo coincidiera con día inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente hábil.
Plazo de resolución6 meses desde la finalización del plazo presentación de solicitudes.
Fin a la vía administrativaCabe interponer recurso administrativo.
Normativa

Ordenanza específica mediante la que se acuerdan las bases que regirán la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celiacas o con intolerancia al gluten.

¿Requiere documentación?Si
Documentación a aportar

Las solicitudes de subvención se presentarán en los modelos normalizados que facilitará el Ayuntamiento. Tanto la Ordenanza específica mediante la que se aprueban las bases como los modelos normalizados estarán a disposición del público en las oficinas del Ayuntamiento y en la página web.

Las solicitudes se presentarán por la persona que padece la enfermedad o tiene intolerancia al gluten. En caso de menores de edad la solicitud será presentada por quienes ostenten la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar. Si se trata de personas incapacitadas será el tutor legal quien presente la solicitud.

  • Modelo normalizado de solicitud de subvención.
  • Copia simple del DNI, o en el caso de extranjeros la tarjeta de extranjería o documento que lo sustituya, de la persona solicitante y de los menores e incapacitados, en su caso, afectadas por la enfermedad o intolerancia al gluten.
  • Libro de familia que acredite el parentesco con el solicitante. En los casos de menores con medidas de protección y personas incapacitadas deberán presentarse las resoluciones administrativas y/o judiciales que lo acrediten. En los casos de tutoría legal será necesaria la presentación de las resoluciones administrativas y/o judiciales que lo acrediten.
  • Anexo 1, Modelo normalizado de la relación de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Anexo 2, relativo al informe médico, acreditativo de la condición de enfermo/a celiaco/a o intolerante al gluten, según el modelo normalizado de la convocatoria (uno por cada miembro de la unidad familiar que tenga dicha condición).
  • Anexo 3, Declaración responsable de que no concurre ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, que impidan obtener la condición de beneficiario de la subvención.
  • Anexo 4, Declaración responsable de oposición expresa a la consulta de datos (pueden presentarse varios anexos 4 en el caso de más de cinco miembros en la unidad familiar)

Si se opone expresamente a la consulta por parte del Ayuntamiento de Teruel, deberán aportarse los siguientes documentos:

  • Original o copia compulsada del DNI, o en el caso de extranjeros la tarjeta de extranjería o documento que lo sustituya, de la persona solicitante y de los menores e incapacitados, en su caso, afectadas por la enfermedad o intolerancia al gluten, que se hayan opuesto a su comprobación.
  • Certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
  • Certificado expedido por la agencia tributaria de "nivel de renta para prestaciones sociales" de aquellos miembros de la unidad familiar que se hayan opuesto a su consulta.
  • Certificado de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias frente a la Hacienda Municipal, Hacienda Estatal (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) y Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social), así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma (órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad autónoma de Aragón) de aquellos miembros de la unidad familiar que se hayan opuesto a su consulta.

El Ayuntamiento de Teruel recabará de oficio electrónicamente los documentos sujetos a la consulta salvo oposición expresa, mediante consulta a las Plataformas de Intermediación de datos, sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, conforme resulta la normativa aplicable en materia de protección de datos. En caso de que el/los interesado/s se opusiera/n a dicha consulta, deberá indicarlo expresamente en la misma solicitud aportando él/ellos mismos los certificados correspondientes.

Observaciones / Información de interés
  • El Anexo 2, relativo al certificado médico, acreditativo de la condición de enfermo/a celiaco/a o intolerante al gluten, según el modelo normalizado de la convocatoria, debe ser impreso para ser cumplimentado y firmado por el profesional competente. Para poder realizar la solicitud electrónica, deberá ser adjuntada su digitalización (escaneado o fotografiado).
  • En relación con el Anexo 4 relativo a la oposición expresa a la consulta de datos, salvo que todos los miembros de la unidad familiar posean certificado digital, se deberá proceder como en el caso del anexo 2. (debe ser descargado, cumplimentado e impreso para ser firmado por todos los miembros de la unidad familiar. Tras lo cual deberá ser digitalizado (escaneado o fotografiado) y adjuntado en el trámite electrónico.
  • Estas subvenciones se conceden en atención a la concurrencia de la situación de enfermo/a celiaco/a o intolerante al gluten de los beneficiarios, que deberá quedar convenientemente acreditada mediante informe médico en el momento de la concesión. Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no será necesaria la presentación de cuenta justificativa alguna.
  • Si resulta beneficiario de la subvención, y es la primera vez que va a recibir el pago de una cantidad por el Ayuntamiento de Teruel, deberá cumplimentar con carácter previo al pago el trámite de ficha de terceros.
  • El pago de la se realizará en el plazo estimado de tres meses desde la adopción del acuerdo de concesión.
Medios de contactoLas dependencias Centro Municipal de Servicios Sociales se encuentran ubicadas en la C/ Yagüe de Salas 16, Teruel 44001

Tfno: 978619926

Correo electrónico: servicios.sociales@teruel.es

¿Dónde solicitarlo?

Las solicitudes de subvención podrán ser presentadas por los siguientes medios:

De forma presencial, mediante la presentación de documentación en soporte papel en:

  • el Registro General del Ayuntamiento;
  • en las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;
  • en cualquiera de las oficinas de registro de otras Administraciones y Organismos Públicos integrados en el Sistema de Interconexión de Registros (por ejemplo, Subdelegación de Gobierno, Diputación General de Aragón, otros Ayuntamientos integrados¿). La consulta de oficinas de registro integradas en este Sistema se podrá hacer en el siguiente enlace.

De forma telemática a través de la sede electrónica municipal cuyo catálogo de trámites recoge como trámite susceptible de presentación electrónica la "Solicitud de subvención a familias con una o más personas celíacas o intolerantes al gluten".

En el caso de que se utilice esta vía de presentación se establecen como medios de identificación y firma electrónica de la solicitud los siguientes:

  • Certificado electrónico de representante de persona jurídica. El uso de este certificado acredita por si mismo la representación.
  • Certificado electrónico de persona física o DNI electrónico. En este caso el titular de este medio de identificación y firma electrónica deberá coincidir con la persona que se identifique con el firmante de la solicitud normalizada. En el caso de que no coincidiera, se dará el oportuno trámite para la acreditación de la representación.
¿Cómo solicitarlo?

1.- En primer lugar deberá descargarse la instancia normalizada y cumplimentarla -se trata de un documento pdf rellenable-.

Los Anexos restantes (1 y 3) son pdf rellenables al igual que la instancia normalizada.

En relación con el Anexo 2 relativo al informe médico, debe ser descargado e impreso para ser posteriormente cumplimentado y firmado por el médico competente.(Uno por cada miembro de la unidad familiar que tenga dicha condición).Tras lo cual deberá ser digitalizado (escaneado o fotografiado) para ser adjuntado.

En relación con el Anexo 4 relativo a la oposición expresa a la consulta de datos:

- Si todos los miembros de la unidad familiar poseen certificado digital, no será necesario imprimir el documento, tan solo deberá ser cumplimentado y firmado digitalmente por todos ellos.

- Si no poseen certificado digital todos los miembros de la unidad familiar, se deberá proceder como en el caso del anexo 2. (descargado, cumplimentado e impreso para ser firmado por todos los miembros de la unidad familiar. Tras lo cual deberá ser digitalizado (escaneado o fotografiado) para ser adjuntado.

2.- Una vez elaborados y guardados los documentos electrónicos a presentar, se deberá hacer clic en la ventana de "Registro Electrónico" (Tramitar).

3.- Una vez reconocido el certificado electrónico se abre el formulario web que ya recoge los datos del certificado. Deberá revisarse y, si fuera el caso, modificar la dirección a efectos de notificaciones.No resulta necesario volver a firmar electrónicamente cada uno de los documentos (solicitud, anexos 1, 2, 3 y 4 una vez digitalizados), puesto que en el momento de adjuntarlos en la cumplimentación del formulario web se incorporará de forma automatizada la firma electrónica del titular del certificado.

Horario de RegistroHorario general: LUNES A VIERNES 9 A 14 HORAS
Horarios especiales:
Medievales: El viernes de medievales de 9 a 12h.
Semana Santa: Desde el Martes Santo, hasta el Lunes de Pascua, de 9 a 13h.
Fiestas del Ángel: Desde el viernes de Ferias, hasta fin de la Vaquilla, de 9 a 13h.
Navidad: Desde el 22 de diciembre, al 6 de enero, de 9 a 13h.
DESCARGA DE DOCUMENTOS
3 de Abril de 2023

Tramitación usando Cl@veTramitación usando Sistemas de Identificación electrónica

Registro ElectrónicoTramitación usando Certificado FNMT o DNIe

Presencial Presencial


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